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Cómo utilizar esta guía


¿Qué especies están ilustradas en la guía?

 

Las 21 especies de cocodrilos están ilustradas en las secciones azul y amarilla de esta guía. Las ilustraciones muestran el espécimen entero, además de vistas lateral y dorsal de la cabeza. Además de las ilustraciones, hay mapas que indican la distribución geográfica de cada especie.

Las ilustraciones siempre muestran la especie nominal (p. ej., Alligator sinensis) en aquellos casos en que no hay subespecies, y la subespecie nominal (p. ej., Osteolaemus tetraspis tetraspis) cuando una especie dada tiene varias sub-especies. Para identificar las otras sub-especies que no aparecen en las ilustraciones, usted deberá referir al experto a las tablas en la sección naranja, que describen sus características.

 
¿Qué es la CITES?
 


La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)
es un acuerdo internacional firmado por más de 120 países miembros que rige el comercio de cierto número de especies de plantas y animales, sus partes y derivados y de todo producto obtenido a partir de las mismas. Los nombres de esas especies aparecen en una Lista de Control que se actualiza cada dos años, al término de la reunión de los países signatarios de la Convención. En esa lista aparecen los nombres de las especies de la CITES y se indica si están comprendidas en los Anexos I, II o III.

Las especies inscritas en el Anexo I son raras o amenazadas de extinción, estando prohibido el comercio de las mismas con fines principalmente comerciales. Por lo tanto, todo importador de especies comprendidas en el Anexo I debe obtener con anterioridad a la transacción tanto un permiso de exportación CITES emitido por el país exportador como un permiso de importación CITES emitido por el país importador.

Las especies inscritas en el Anexo II no son raras ni están amenazadas de extinción en la actualidad, pero corren el riesgo de llegar a estarlo si no se reglamenta su comercio. Los especímenes importados en su país o exportados de su pais deben ir acompañados de un permiso de exportación CITES apropiado emitido por el país exportador antes de que se permita su entrada en el país importador.

Las especies inscritas en el Anexo III no se ven amenazadas de extinción pero son objeto de trato especial en el país que las ha inscrito en ese Anexo (indicados entre paréntesis al lado del número del Anexo). Los especímenes importados en su país o exportados de su país deben ir acompañados de un permiso de exportación CITES apropiado del país exportador si la importación o la exportación atañe al país que las ha inscrito en el Anexo, o de un certificado de origen o de un certificado de reexportación si la importación o la exportación involucra a un país que no sea el que las ha inscrito en el Anexo, como lo exige la Convención.

Recuerde este pictograma empleado en toda la guía:

Especie incluida en los Anexos I, II o III

El comercio de esta especie está regido
por la CITES y Ud. está en la obligación
de verificar el permiso, o los permisos,
CITES requeridos